Anulamos la creación de una unidad de seguimiento especial que pretendía flexibilizar la fiscalización ambiental de los proyectos estatales prioritarios.
Mediante una resolución administrativa, en 2017, el Ministerio de Ambiente pretendió inhabilitar a sus Direcciones Regionales de conocer los procesos administrativos que surgiesen como consecuencia de los proyectos del Plan Estratégico de Gobierno 2015-2019, delegando dichas funciones en tan solo 6 funcionarios de la sede central. La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia determinó que esta Resolución violó 5 disposiciones legales, incluyendo la Política Nacional de Descentralización de la Gestión Ambiental, por lo que es nula e ilegal. Se espera que la sentencia además prevenga la futura creación de mecanismos de fiscalización ambiental sui generis y que en su lugar los proyectos públicos sean un ejemplo de gestión ambiental eficiente y proactiva.